Este post trata del análisis de la consulta número dos, correspondiente a la cifra de negocios, según el BOICAC Nº126/2021.

Las consultas eran las que se añaden aquí:

Una empresa que se dedica a la fabricación y venta de calzado percibe ingresos de carácter periódico que provienen, entre otras, de las siguientes actividades:

  1. Arrendamiento de un almacén.
  2. Dividendos procedentes de:
    1. Una sociedad dependiente al 100% dedicada al sector del calzado.
  1. Una sociedad anónima considerada como asociada, posee el 30% y está dedicada a otro sector de actividad.
  1. Ingresos financieros procedentes de la concesión de préstamos a la entidad dependiente y a la asociada.

La cuestión planteada versa sobre si los citados ingresos deben incluirse como componentes a la cifra de negocios.

La respuesta se estructura en los artículos 34.1, 34.2 y 34.10.

Por una parte, el artículo 34.1 nos dice que para un cálculo de la cifra de negocios se necesitan los importes de las transferencias de bienes y servicios comprometidos con clientes u otros ingresos conocidos y relacionados con las actividades ordinarias de la empresa.

El artículo 34.2 se refiere a la relación de ingresos que tienen una regularidad; es decir, que son una actividad recurrente y periódica en una empresa.

Finalmente el artículo 34.10, se refiere a la práctica del Holding (No trust), que en su caso; si los ingresos no son de carácter financiero no irán a la cifra neta de negocios salvo que se trate de unos ingresos ordinarios, que es precisamente la práctica habitual de muchos Holding dedicados a la gestión de capital.

La conclusión y respuesta a la cuestión planteada a los ingresos por arrendamiento (aplicable a cualquier empresa que practique el punto A) es, que el cómputo de actividades que formen parte de una empresa de forma ordinaria, cíclica, pasan a formar parte de la cifra de negocios.

Muchas gracias por leernos y estamos aquí para cualquier consulta que considereis.

Equipo de grupoVisto Asesores

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